domingo, 29 de agosto de 2021

APOLOGÍA A LA PERSECUCIÓN POR IDEAS: El Premier, el terruqueo y unos “Liberales” antigarantistas


"No hagamos un uso utilitarista e instrumentalizado del derecho, no hagamos apología a la persecución de conciencia. Tratemos en el terreno político lo que debe ser tratado ahí. Recordemos que las ideas se combaten con ideas, no con cárcel pues actuar así solo expresa la impotencia de los que han ostentado el poder en las últimas décadas que tienen en el abuso judicial, una de sus armas y lo utilizan nuevamente contra hombres de a pie, para pretender contener un cambio que es necesario y urgente. Ya estamos viendo hoy el caso Bellido, Cerrón, Bermejo; mañana, puede ser usted."

De los múltiples hechos con que se le cuestiona al nuevo Premier Guido Bellido, uno nos ha llamado la atención. El cuestionamiento por sus declaraciones sobre el conflicto armado interno en una entrevista donde se mostraba renuente de tildar de “terroristas” a miembros del PC-SL y planteaba la idea de calificarlos como “peruanos equivocados”. Esto tiene que ver con el derecho democrática y principalmente legal del derecho a la libertad de expresión.

Y aquí viene entonces el dilema… cualquiera dentro de un ejercicio democrático de la libertad de expresión tiene la opción de discrepar completamente de las declaraciones del Primer ministro, y decir ¡No! Los senderistas son “terroristas” y punto. Pero hagámonos esta pregunta ¿existe hoy en el país el derecho de llamar a los miembros de Sendero Luminoso con otro término que no sea el de “terroristas” quizás tal vez el de “peruanos equivocados” o “rebeldes radicales”? A lo que respondemos que si bien ninguna ley prohíbe llamarlos con otra etiqueta que no sea “terroristas”. Aquí la cuestión es que se ha prohibido de facto ese derecho contra los que le se levanta de lo contrario paredón mediático y judicial, por los demócratas que a nombre de la “democracia” anulan el derecho al disenso en el discurso unívoco que ha impuesto el propio poder mediático; entiéndase tras de ellos el poder político de la derecha que se siguen considerando los vencedores de los hechos ocurridos en los ochentas y siguen respondiendo policial o militarmente las ideas marxistas.
Situación que calificamos como ilegal y reñida con una doctrina garantista en el derecho, ¿por qué? porque en el país, es cierto, esta prohibida la apología al terrorismo, pero no está prohibido definir de múltiples formas el fenómeno senderista.

Vayamos a notarlo a la ley de apología que a la letra dice así: Art. 316-A: "Apología al delito de terrorismo, si la exaltación, justificación o enaltecimiento se hace al delito de terrorismo o de cualquiera de sus tipos o de la persona de haya sido condenado por sentencia firme como autor o partícipe, la pena será no menor de 4 años ni mayor de 8…”, y mas aun está regulado con una sentencia del TC (0010-2002-AI/TC del 3 de enero de 2003).

Exaltar, enaltecer, justificar está prohibido. Pero no referirse tras una evaluación científica o personal con un término distinto al terrorismo. Es por ello que existen científicos sociales que aun sin comulgar con ideas “comunistas” o “subversivas”, al tratar el asunto no les parece pertinente calificarnos como “terroristas” y recurren a términos como “insurrectos”, “subversivos” o hasta “guerrilleros”.

En el caso de Bellido, no hay exaltación, sí una aproximación diferente del fenómeno senderista. Entonces el tipo penal no calza ni en el caso de alocución – en el caso fuere cierta – sobre Edith Lagos, pues esta no fue una sentenciada por terrorista, ¿entonces en que se basa la apertura de la investigación judicial? Es otro caso de uso autoritario del derecho, de la instrumentalización de la justicia por una política conservadora. Para responder a esta pregunta recordemos que Luigi Ferrajoli en su importante libro “Razón y Derecho” describía como uno de los rasgos fundamentales del derecho autoritario el “VACIAMIENTO DE LA ESTRICTA LEGALIDAD” en virtud del cual nadie puede ser castigado mas que por un hecho ya cometido y EXACTAMENTE PREVISTO POR LA LEY COMO DELITO “porque en caso contrario – prosigue – se expresa “la disolución de la estricta legalidad (…) en consecuencia perseguir no tanto por lo que se ha hecho sino por lo que es”, “entonces aquí se confunde derecho y moral permitiendo discriminaciones subjetivas e invasiones incontroladas en la esfera de la libertad de los ciudadanos.”

Tratándose de un actor político, definitivamente esta negación al derecho a la libertad de expresión que tiene como telón de fondo la afrenta al derecho garantista, tiene motivaciones políticas reaccionarias, retrogradas, que nuevamente demuestran como en el país se usa el derecho como un “arma” contra los “enemigos políticos” donde los propios “liberales” han renunciado al debate ideológico y han empuñado la espada inquisidora , así este acto los vuelva traidores de sus propios principios garantistas, porque todo queda justificado contra quien no comulga con su retórica neoliberal o liberal, para ubicarlo como un “peligro social”, un peligro social del statu quo.

Nos preocupa esta situación, no porque sea Bellido el protagonista central de esta historia, sino porque abrir un proceso de investigación rompiendo los límites del tipo penal no es algo que deba hacerse a nombre de la <democracia>. No corresponde al derecho, definir la verdad histórica, pero de lo que si estamos convencidos es que la democracia debe tolerar discursos diversos y divergentes

Y eso si lo debe garantizar el derecho. Además, porque en caso se juzgue a una persona por su opinión, este puede ir 8, si 8 años a la cárcel, ¿alguien se ha puesto a pensar con seriedad en esta grave implicancia?

De igual forma hoy se expresan colectivos ultraconservadores que alguien tildan de «neo fascistas» y que podríamos interpretar como sector que reivindican ideologías «genocidas». Quien quiera puede rechazarlos, pero es ilegal abrirles un proceso penal mientras estos no lesionen algún bien jurídico. y sabemos que ya han abierto investigación, pero no están detenidos, en cambio otro sector tiene prisión preventiva.

No hagamos un uso utilitarista e instrumentalizado del derecho, no hagamos apología a la persecución de conciencia. Tratemos en el terreno político lo que debe ser tratado ahí. Recordemos que las ideas se combaten con ideas, no con cárcel pues actuar así solo expresa la impotencia de los que han ostentado el poder en las últimas décadas que tienen en el abuso judicial, una de sus armas y lo utilizan nuevamente contra hombres de a pie, para pretender contener un cambio que es necesario y urgente. Ya estamos viendo hoy el caso Bellido, Cerrón, Bermejo; mañana, puede ser usted.

ASOCIACIÓN CIVIL DE CONTROL GARANTISTA DEL DERECHO – Agosto, 2021

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